miércoles, 16 de junio de 2010

Comunicación del FORO ARGENTINO DE RADIOS COMUNITARIAS


La Corte Suprema de Justicia de la Nación levantó la suspensión de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
Por unanimidad, los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay decidieron revocar la suspensión de la ley 26.522 dipuesta por la Cámara Federal de Mendoza en una causa iniciada por el diputado Enrique Thomas del bloque Peronismo Federal, que alegó supuestas irregularidades en el tratamiento del proyecto.
Los jueces supremos dijeron en su fallo de ayer que el diputado Thomas no tiene legitimación para pedir la suspensión de la ley y que no demostró que se le haya afectado un interés personal. “Del análisis del caso no surge la necesaria convicción que demuestre el modo en que el demandante fue inequívocamente privado de ejercer las atribuciones que le asisten como legislador”, señalaron. Además aclaron que el legislador no puede pretender que se vuelva a realizar un debate que perdió en el parlamento. En ese sentido el fallo puntualiza que el diputado no tiene “legitimación activa cuando lo que trae a consideración de un tribunal de justicia es la reedición de un debate que ha perdido en el seno del Poder Legislativo por el juego de las mayorías y minorías respectivas”.
Además los jueces del máximo tribunal advirtieron que ningún juez o tribunal puede suspender una ley en su totalidad y con efecto sobre todos los ciudadanos ya que esto representaría “una deformación que introduciría el caos en la vigencia de las leyes sancionadas por el Congreso de la Nación lesionando para siempre el ejercicio de los poderes constitucionales”. Incluso los jueces dicen que es llamativo que se haya suspendido la ley ya que el diputado Enrique Thomas “no representa a la cámara legislativa que integra ni al pueblo de la Nación (lo que compete a la primera), por lo cual se arribaría, como se dijo, al  irrazonable  resultado  de extender una medida judicial a sujetos que no sólo no la han solicitado sino que, incluso, podrían no compartirla”.
El presidente del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual Néstor Busso, también presidente del Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCO), vicepresidente de la Asociación Latinoamericana de Educación Radiofónica (ALER) y referente de la Coalición por una Radiodifusión Democrática (CRD) expresó hoy en conferencia de prensa que la CRD “quiere manifestar la alegría, la complacencia por este fallo de la Corte Suprema de Justicia. Entendemos que es un fallo claro, contundente, es lo que esperábamos. Ahora la ley fue liberada como corresponde por la justicia, por la Corte Suprema, falta sólo una cuestión de trámite judicial para que la ley quede plena y absolutamente en vigencia”. Busso adelantó que desde el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual “estamos proponiendo la realización de un método participativo, rápido pero participativo de propuestas para la reglamentación de la ley. Esto lo vamos llevar hoy varios de los consejeros, miembros del Consejo Federal de Comunicación que también integramos la Coalición. Vamos a proponer que se implemente un sistema participativo para la elaboración de la reglamentación de la ley que es el paso siguiente”, tras el fallo de la Corte.

AUDIO: Néstor Busso, presidente de FARCO y presidente del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, en conferencia de prensa

La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual permite que más interesados que en la actualidad puedan acceder a tener medios al establecer que nadie pueda concentrar más de 10 licencias. También destina el 33 por ciento de las frecuencias para organizaciones sin fines de lucro, permite que los pueblos originarios puedan tener sus propios medios, abre el acceso a los medios a personas con discapacidad mediante el subtitulado oculto, la lengua de señas y la videodescripción, crea una defensoría del público, impide acaparar más del 35 por ciento de la audiencia nacional. La ley no ordena el cierre de ningún canal, ni de ninguna radio, no prohibe la difusión de ningún tipo de música pero sí obliga a pasar un 30 por ciento de música nacional, entre otros puntos.
Hasta ahora sólo queda un fallo que suspende la ley en su totalidad. Es el que dictó el juez federal de Salta Miguel Medina por pedido de la diputada nacional Zulema Daher, también del bloque Peronismo Federal, quien, al igual que Thomas, argumentó supuestas irregularidades en el trámite legislativo de la ley. En este caso resta que se expida la Cámara Federal de Salta que deberá pronunciarse próximente pero conociendo ya los argumentos que emitió ayer la Corte en un caso similar.

TEXTO: Fallo de la Corte Suprema revocando la suspensión de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual


TEXTO: Ley 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual

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