viernes, 25 de enero de 2013

Ley N° 17.741 de Fomento de la Actividad Cinematográfica Nacional. Actividades comprendidas. Asimilación a actividad industrial.


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Sres. Representantes de la Industria Cinematográfica


Tengo el agrado de dirigirme a Uds., a los fines de poner en vuestro conocimiento que el día 23 de enero de 2013 se publicó en Boletín Oficial la Ley Nº 26838, que declara a la actividad desarrollada por las diferentes ramas audiovisuales que se encuentren comprendidas en el artículo 57 de la ley Nº (17.741) de Fomento de la Actividad Cinematográfica Nacional (t.o. 2001), como una actividad productiva de transformación asimilable a una actividad industrial.
  
Se adjunta el texto a continuación.

Saludo a uds atentamente,

LILIANA MAZURE
PRESIDENTA
INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
     


 
CINEMATOGRAFIA
Ley 26.838
  
Ley N° 17.741 de Fomento de la Actividad Cinematográfica Nacional. Actividades comprendidas. Asimilación a actividad industrial.
Sancionada: Noviembre 29 de 2012
Promulgada de Hecho: Enero 8 de 2013
  
  
  
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
  
  
ARTICULO 1º — Objeto. Toda actividad desarrollada por las diferentes ramas audiovisuales que se encuentren comprendidas en el artículo 57 de la ley 17.741 de Fomento de la Actividad Cinematográfica Nacional (t.o. 2001), es considerada como una actividad productiva de transformación asimilable a una actividad industrial.
  
ARTICULO 2º — Invitación. Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.
  
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
  
  
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
  
  
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.838 —
  

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