Washington Uranga se refiere a los “invisibles” a quienes todavía no les llega el derecho a la comunicación.
El ejercicio del derecho a la comunicación está íntimamente ligado a
la vigencia del conjunto de derechos. Tiene mejores condiciones de
hacerse efectivo cuando rigen los derechos sociales, políticos,
económicos y culturales de las personas. De manera complementaria, este
derecho comunicacional es habilitante de otros derechos: genera
condiciones para que la totalidad de los derechos humanos puedan ser,
primero, conocidos, luego, reivindicados, reclamados y exigidos por
parte de quienes consideran que no pueden gozar en plenitud de ellos.
En la Argentina hemos crecido en conciencia y hemos avanzado hacia una cada día mayor vigencia de los derechos fundamentales de las personas. También en materia del derecho a la comunicación. Y esto más allá de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que es, sin duda, un instrumento sumamente valioso en este sentido. Las condiciones generales del país, las económicas, las políticas y las sociales han permitido prosperar en tal sentido.
Sin embargo, entre nosotros siguen existiendo “invisibles”. Son personas invisibilizadas como consecuencia de la asociación de factores políticos, económicos, judiciales, culturales y, por cierto, mediáticos.
Y en la era de la comunicación, la invisibilidad es una forma de exclusión. Porque reduce las posibilidades de participación, porque aleja del acceso a eventuales soluciones a sus problemas y, sobre todo, porque las voces de estos “invisibles” no llegan de forma directa a los otros ciudadanos, porque sus argumentos y puntos de vista no pueden ser oídos por el resto de la ciudadanía para ser ponderados y considerados.
Aunque parezca contradictorio, son invisibles también muchos que ocupan las tapas de los medios gráficos y las aperturas de los noticieros radiales y televisivos. Son invisibles las víctimas de la trata de personas o de la violencia contra la mujer, o los pobres de distintas condiciones. Lo son porque son presentados como parte de una situación y un fenómeno social, pero rara vez se indaga en las circunstancias que generan tales situaciones. Tampoco se conocen sus voces, salvo para generar periodismo amarillo.
Son invisibles en muchos casos los niños cuando sus derechos son violados. También las comunidades originarias de la Argentina, porque poco y nada se conoce de sus condiciones de vida y acerca de su situación de extrema marginalidad. Y por más que los derechos indígenas sean proclamados hasta constitucionalmente, esos pueblos son hoy excluidos incluso de la consulta sobre temas que les atañen. Esto a pesar de que existen normas legales muy precisas que obligarían a escuchar sus voces.
Podemos decir que en la Argentina hemos avanzado mucho en materia de derechos. También de derecho a la comunicación. Pero los invisibles aún existen y esto implica una restricción importante en términos de justicia. Hay considerable tarea por delante.
Por Washington Uranga
http://www.pagina12.com.ar/diario/laventana/26-200519-2012-08-08.html
El
derecho a la comunicación puede definirse como una potestad de los
ciudadanos para expresarse en igualdad de oportunidades y en equidad de
condiciones. Incluye también la posibilidad de acceder a la información
que permita a los actores forjar su propia opinión y tomar decisiones
autónomas. Para que sea efectivo tiene que apoyarse en condiciones
materiales que lo garanticen. ¿Se puede proclamar y poner en práctica
efectiva el derecho a la comunicación mientras continúen existiendo
“invisibles” para el sistema de comunicación?
En la Argentina hemos crecido en conciencia y hemos avanzado hacia una cada día mayor vigencia de los derechos fundamentales de las personas. También en materia del derecho a la comunicación. Y esto más allá de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que es, sin duda, un instrumento sumamente valioso en este sentido. Las condiciones generales del país, las económicas, las políticas y las sociales han permitido prosperar en tal sentido.
Sin embargo, entre nosotros siguen existiendo “invisibles”. Son personas invisibilizadas como consecuencia de la asociación de factores políticos, económicos, judiciales, culturales y, por cierto, mediáticos.
Y en la era de la comunicación, la invisibilidad es una forma de exclusión. Porque reduce las posibilidades de participación, porque aleja del acceso a eventuales soluciones a sus problemas y, sobre todo, porque las voces de estos “invisibles” no llegan de forma directa a los otros ciudadanos, porque sus argumentos y puntos de vista no pueden ser oídos por el resto de la ciudadanía para ser ponderados y considerados.
Aunque parezca contradictorio, son invisibles también muchos que ocupan las tapas de los medios gráficos y las aperturas de los noticieros radiales y televisivos. Son invisibles las víctimas de la trata de personas o de la violencia contra la mujer, o los pobres de distintas condiciones. Lo son porque son presentados como parte de una situación y un fenómeno social, pero rara vez se indaga en las circunstancias que generan tales situaciones. Tampoco se conocen sus voces, salvo para generar periodismo amarillo.
Son invisibles en muchos casos los niños cuando sus derechos son violados. También las comunidades originarias de la Argentina, porque poco y nada se conoce de sus condiciones de vida y acerca de su situación de extrema marginalidad. Y por más que los derechos indígenas sean proclamados hasta constitucionalmente, esos pueblos son hoy excluidos incluso de la consulta sobre temas que les atañen. Esto a pesar de que existen normas legales muy precisas que obligarían a escuchar sus voces.
Podemos decir que en la Argentina hemos avanzado mucho en materia de derechos. También de derecho a la comunicación. Pero los invisibles aún existen y esto implica una restricción importante en términos de justicia. Hay considerable tarea por delante.
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