Ley de Medios: el juez consideró que el artículo 161 es constitucional
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Horacio Alfonso, del Juzgado 1 en lo Civil y Comercial, ordenó suspender la medida cautelar que impedía la aplicación del punto referido a la desinversión y que había sido prorrogada por la Cámara. El fiscal se había pronunciado del mismo modo días atrás
Crédito foto: Télam
El juez civil y comercial federal Horacio Alfonso declaró constitucionales dos artículos de la Ley de Medios cuestionados por el Grupo Clarín, informaron fuentes judiciales a Infobae.
El lunes pasado, el fiscal del caso, Fernando Uriarte, se había expedido en idéntico sentido al analizar la cuestión de fondo.
Con el dictado del fallo, el Grupo Clarín pierde la protección de la medida cautelar, y el Gobierno podría avanzar sobre sus licencias, pero en caso de apelar ante la Cámara –se descuenta que el grupo lo hará– la cautelar podría volver a tener efecto.
Hasta ahora el Poder Ejecutivo fue frenado por la Justicia, luego de que la Cámara Civil y Comercial prorrogara la cautelar en favor del Grupo Clarín y después de que la Corte Suprema rechazara el recurso del per saltum presentado por el Gobierno.
La Cámara había dispuesto que la cautelar siguiera vigente hasta que se resolviera la "cuestión de fondo", es decir, si son constitucionales o no los artículos de la Ley de Medios que el Grupo Clarín impugnó y que lo obligan a desprenderse de parte de sus licencias.
El fiscal Uriarte, titular de la Fiscalía Nacional en lo Civil y Comercial Federal 5, solicitó el lunes a Alfonso que desestime el planteo de inconstitucionalidad interpuesto por Clarín sobre los artículos 41, 45, 48, segundo párrafo, y 161 de la Ley de Medios.
En su dictamen, el representante del Ministerio Público Fiscal de la Nación sostuvo que la normativa impugnada "no conculca los derechos constitucionales de propiedad y de comercio del Grupo Clarín", al expedirse sobre la cuestión de fondo de la Ley de Medios.
Ahora con el fallo de Alfonso, Clarín puede apelar ante la Cámara Civil y Comercial.
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